miércoles, 8 de junio de 2011

QUIÉNES SON Y QUÉ DEMANDAN LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE EN HUELGA DE HAMBRE.

Condenado inicialmente a 25 años de cárcel (rebajado a 14 años):
Héctor Llaitul Carrillanca

Condenados inicialmente a 20 años de cárcel (rebajado a 8 años):
- Ramón Llanquileo Pilquiman,
- José Huenuche Reiman,
- Jonathan Huillical Méndez

El 15 de marzo 2011, 4 mapuche iniciaron una Nueva Huelga de Hambre.
En el año 2010, desde el 12 de julio hasta el 1º de octubre, estos 4 comuneros formaron parte del grupo de 34 presos políticos mapuche, que desarrollaron una dramática huelga de hambre de aprox 80 días, que denunciaba la aplicación de la Ley Antiterrorista a los mapuche movilizados, los testigos anónimos “sin rostro”, la aplicación de justicia militar y dobles procesamientos judiciales, los largos periodos de investigación que mantienen en prisión preventiva a los imputados mapuche, que luego, en algunos casos, han declarados inocentes luego de pasar largos períodos en prisión.
Esta huelga finalizó luego de un acuerdo con el gobierno de Chile para la no aplicación de la ley antiterrorista y modificación de la justicia militar. Acuerdo que el gobierno no ha cumplido.

El juicio de Cañete.
El 22 de marzo 2011, el Tribunal Oral de lo Penal de Cañete (Chile), dio a conocer el fallo del juicio contra 17 mapuche. El caso es emblemático: los comuneros mapuche pertenecen a la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM), organización declarada como ilícita y terrorista por el Estado chileno; se les acusa por parte del Ministerio Publico de haber montado un ataque contra el fiscal Mario Elgueta en octubre 2008.
13 presos mapuche fueron declararos absueltos y 4 fueron condenados a penas desproporcionadas e injustas por robo con intimidación y homicidio frustrado (a 20 años y 25 años de cárcel).
Un poco antes de que el tribunal diera a conocer la lectura de la condena, los 4 comuneros mapuches decidieron comenzar nuevamente una huelga de hambre para rechazar el actuar de la justicia chilena en su contra y la criminalización de la protesta social mapuche.

Las razones de esta movilización:

1.- Los testigos secretos, instrumento de la Ley Antiterrorista.
La Ley Anti-terrorista o ley 18.314 fue usada durante todo este proceso judicial por parte del Ministerio Público, los querellantes y con la complicidad del gobierno de Chile. Este mecanismo imposibilitó que las defensas tuvieran la posibilidad de contrainterrogar de forma directa y se diera el principio de inmediatez que debe regir en todo juicio oral y en un sistema judicial garantista.
 Esto tuvo un directo impacto en la condena que se les aplicó a los 4 mapuche, ya que está basada en las declaraciones de 1 testigo secreto y escuchas telefónicas. En concreto, si bien en la sentencia no se aplicó la Ley Anti-terrorista, para la tipificación de los delitos si se consideraron las declaraciones de los testigos secretos y todos los procedimientos de investigaciones que solamente permite hacer esta cuestionada Ley Anti-terrorista. El juicio, que tuvo una duración de 3 meses, permite de ver en el actuar que el Gobierno chileno sigue aplicando la Ley Anti-terrorista en causas mapuche.

2.- Las irregularidades del proceso de investigación: no existió un debido proceso.
El proceso de investigación de esta causa, que duró cerca de dos años y mantuvo detenidas a 19 personas en prisión preventiva finalizando con 17 enjuiciados, tuvo serias irregularidades que violan las garantías constitucionales y los derechos humanos de los que fueron imputados y luego declarados culpables.
- El testigo protegido N.26 había participado en los hechos pero no fue imputado en la causa. El Ministerio Publico transformó el estatus procesal de una persona de imputado a testigo. Además, la defensa no tuvo acceso a contra interrogar el testigo protegido o llamado “sin rostro”.
 - La condena se basó también en el testimonio de oídas de un alto oficial de la Policía de Investigaciones quién había sido acusado en el proceso de investigación de tortura y apremios ilegítimos.
 - Durante los interrogatorios a los comuneros no se respetaron los derechos de los imputados, en específico, las declaraciones se tomaron sin abogado defensor, no hubo lectura de derechos y en los interrogatorios participaron los fiscales y policías, supuestas víctimas del hecho investigado. Cabe mencionar que Jonathan Huillical, uno de los comuneros, denunció estos hechos e incluso su familia, interpuso una querella por apremios ilegítimos en la ciudad de Temuco y tortura, en contra de la Policía de Investigaciones, la que no fue acogida ni investigada.

3.- Existe Doble Procesamiento: El Ministerio de Justicia militar ya los había absuelto por falta de pruebas.
Anteriormente, la justicia militar de Chile, sometió a proceso a los comuneros por los mismos hechos y resolvió, con las mismas pruebas, que no reunían la fuerza probatoria suficiente para configurar participación de los procesados en dichos sucesos, que, por sí sola, la declaración del testigo con reserva de identidad Nº 1 (el mismo testigo secreto Nº 26 del Juicio de Cañete), no bastaba para dictar sentencia condenatoria. Finalmente el Tercer Juzgado militar de Valdivia los absolvió de los cargos.


Las exigencias de los huelguistas son:

1.- Juicio con un Tribunal independiente, competente e imparcial y sin la aplicación de la Ley Anti-terrorista, 18.314

2.- Fin al doble procesamiento y ratificar la sentencia absolutoria que dictó el Tribunal militar de Valdivia.

3.- Condiciones carcelarias dignas y el reconocimiento de Presos Políticos Mapuche. Dado el carácter del Juicio, y por su condición de miembros de un pueblo originario ancestral, de acuerdo a los diversos Tratados y Pactos de derechos humanos, que reconocen los derechos de los pueblos indígenas, y que Chile ha suscrito como el Convenio 169 de la OIT, los comuneros exigen ser tratados como Prisioneros Políticos, miembros del Pueblo Mapuche, que aspiran al pleno reconocimiento de sus derechos, territorio y autonomía. Por tanto, exigen condiciones carcelarias mínimas que permitan el desarrollo de actividades culturales y religiosas propias del Pueblo Nación Mapuche.

4. Después de haber conocido el fallo del tribunal de Cañete, los defensores de los 4 mapuche recurrir al máximo tribunal del país, la Corte Suprema, para pedir la nulidad del juicio. El 3 de junio la Corte Suprema rechazó el Recurso de Nulidad: ratificó las condenas iniciales y rebajó las penas, PERO, HASTA AHORA, NO HABRÁ UN NUEVO JUICIO COMO SE PEDÍA.

Continuidad de la huelga de hambre: se suman los familiares.
1.- Tras conocer el dictamen, los 4 mapuche decidieron continuar la huelga de hambre Su situación de salud es crítica, con baja de peso de más de 20 kilos por cada uno según el último informe médico (07/06/11).
2.- En un contexto nacional e internacional de repudio y rechazo del fallo de la Corte Suprema, que en definitiva avaló el uso de la ley antiterrorista en contra de los mapuche y las múltiples irregularidades que han sido denunciadas en este proceso, los familiares de los presos mapuche decidieron sumarse a la huelga de hambre desde el lunes 6 de junio 2011, levantando un campamento frente el hospital de Victoria, lugar donde están recluidos los 4 mapuche debido a su crítica situación de salud.

Plataforma por la Libertad de los Presos Políticos Mapuche - Barcelona
http://libertadpresospoliticosmapuchebcn.blogspot.com/
Para propuestas de acción en Catalunya, favor escribir a: libertadppmapuchebcn@gmail.com 









No hay comentarios:

Publicar un comentario